Ayuntamiento de Abla
Secretaría
Territorio - Planeamiento Urbanístico - PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA
Edicto publicado en B.O.P. Almeria, núm. 184 del 26 de septiembre de 2016
DON ANTONIO MANUEL ORTIZ OLIVA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ABLA (ALMERIA).
H A C E S A B E R : Que por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2.016, se acordó aprobar Provisionalmente el Plan General de Ordenación Urbanística de Abla y su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, habiendose introducido modificaciones que afectan sustancialmente a determinaciones pertenecientes a la ordenación estructural, se somete a información pública por plazo de UN MES, contados a partir del dia siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOP. Durante dicho plazo podrá ser examinado el expediente por cualquier interesado en las dependencias municipales y en la pagina web municipal www.abla.es, al objeto de formulación de alegaciones y las sugerencias que se estimen pertinentes. Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 32.1.3 y 39.1. a) de la Ley 7/2022 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
En Abla a 20 de septiembre de 2.016.
EL ALCALDE, Fdo. Antonio Manuel Ortiz Oliva.
Ayuntamiento de Abla
Secretaría
Territorio - Planeamiento Urbanístico - PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA
Edicto publicado en B.O.P. Almeria, núm. 54 del 19 de marzo de 2012
DON ANTONIO MANUEL ORTIZ OLIVA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ABLA (ALMERIA).
H A C E S A B E R : Que por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de Febrero de 2.012, se acordó aprobar Inicialmente el Plan General de Ordenación Urbanística de Abla y su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, someterlo a información pública por plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOP y en uno de los diarios de mayor difusión provincial. Durante dicho plazo podrá ser examinado el expediente por cualquier interesado en las dependencias municipales, al objeto de formulación de alegaciones y las sugerencias que se estimen pertinentes. Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 32.1.2 de la Ley 7/2022 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y 40.2 b) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Asimismo quedan suspendidas por plazo máximo de un año, el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para las áreas en las que las nuevas determinaciones previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente.
En Abla a 15 de marzo de 2.012.
EL ALCALDE, Fdo. Antonio Manuel Ortiz Oliva.